DESCRIPCIÓN/OBJETIVOS
La labor y actuación de los peritos constituye un factor de enorme importancia en el mundo del seguro. Esta labor puede desempeñarse como paso previo a la suscripción de un seguro (en cuanto al estudio y valoración de riesgos a los que puede estar sometida una empresa o un particular) y también participando, con sus conocimientos profesionales, en caso de siniestro relativo a una póliza de seguro.
Es un hecho ampliamente admitido (por ser la faceta más conocida de la labor pericial) que la actuación de los peritos de seguros (ya sea de parte del asegurador o de parte del asegurado) resulta un factor decisivo en el tratamiento del siniestro. El informe del perito del asegurador permitirá a éste la formulación de la propuesta del importe líquido de indemnización; asimismo el dictamen del perito del asegurado es imprescindible en la vía extrajudicial del artículo 38 de la Ley de Contrato de Seguro y la posible aceptación de la propuesta del asegurador. En cualquiera de los casos, el informe del perito es un documento de un elevado nivel técnico para cuya ejecución es indispensable un extenso conocimiento de la técnica aseguradora en todas sus facetas.
La disposición adicional décima de la LOSSEAR (Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras) se refiere a los Peritos de seguros, Comisarios de Averías y Liquidadores de Averías en los siguientes términos: “Son peritos de seguros quienes dictaminan sobre las causas del siniestro, la valoración de los daños y las demás circunstancias que influyen en la determinación de la indemnización derivada de un contrato de seguro y formulan la propuesta de importe líquido de la indemnización. Son comisarios y liquidadores de averías quienes desarrollan las funciones que les atribuye la Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima. Los peritos de seguros, comisarios de averías y liquidadores de averías que intervengan en el procedimiento de tasación pericial contradictoria deberán tener conocimiento técnico suficiente de la legislación sobre contrato de seguro y, si se trata de profesiones reguladas, estar en posesión de titulación en la materia sobre la que se debe dictaminar, con el alcance que se establezca reglamentariamente.”
El presente “Curso Superior de Peritación de Riesgos Diversos” proporciona a los alumnos una formación extensa, rigurosa y de alto nivel técnico sobre los fundamentos teóricos, los métodos, las herramientas y todos los conocimientos que son necesarios para establecer la posible cobertura derivada de un contrato de seguro (en función de los requisitos recogidos en la póliza y las causas del siniestro), la valoración de los daños y todas las circunstancias que influyen en el establecimiento de la prestación.
A través de un amplísimo programa, el curso aborda, además de los temas de teoría general y derecho de seguros, un profundo estudio de las modalidades y ramos de seguro que pueden precisar del concurso de un perito, ya sea en el momento de la suscripción del seguro o bien a la hora de un posible siniestro.
DIRIGIDO A:
Profesionales técnicos del sector asegurador
Peritos de seguros y Comisarios de Averías
Arquitectos, arquitectos técnicos, aparejadores e ingenieros de edificación
Ingenieros técnicos y superiores de cualquier especialidad
Gerentes de riesgos
Consultores de riesgos
Inspectores de riesgos